Mantener los contratos de trabajo actualizados no es solo una buena práctica: es una obligación legal. La legislación laboral chilena exige que ciertos aspectos del vínculo laboral estén claramente establecidos por escrito, y que se mantengan vigentes y coherentes con la realidad actual del trabajador y la empresa
Según el artículo 10 del Código del Trabajo, todo contrato debe contener, entre otras cosas:
Cambios en las funciones, lugar de trabajo, horarios, modalidad (Presencial -teletrabajo), asignación de nuevos beneficios o condiciones.
El Artículo 11 del Código del Trabajo señala que “toda modificación del contrato de trabajo deberá consignarse por escrito y ser firmada por ambas partes, dejándose constancia de la fecha del cambio”.
Esto incluye modificaciones en la renta, ya sea por
Importante: No basta con aplicar el cambio en la liquidación mensual. Debe formalizarse mediante anexo escrito y firmado.
Siempre que existan cambios como:
Se debe emitir un anexo firmado por ambas partes para que tenga validez legal.
Como recomendación práctica, se sugiere realizar una auditoría anual de contratos laborales, poniendo especial atención en que la renta esté actualizada y correctamente pactada por escrito, la jornada cumpla con la normativa vigente, y que las funciones y beneficios se encuentren claramente establecidos.